Gobierno actualiza marco legal de drenaje pluvial para proteger a las ciudades ante lluvias extremas

Mediante el Decreto Supremo Nº 009-2026-VIVIENDA, se oficializa el nuevo reglamento que obliga a los municipios a diseñar planes integrales basados en el cambio climático y a registrar sus infraestructuras en un padrón nacional.

Lima, 30 de mayo de 2026

En un esfuerzo por mitigar los devastadores impactos de las lluvias torrenciales y los fenómenos climáticos que azotan cíclicamente al territorio nacional, el Poder Ejecutivo aprobó el nuevo Reglamento de la Ley General de Drenaje Pluvial (Decreto Legislativo N° 1356). La medida, oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 009-2026-VIVIENDA, introduce estándares técnicos modernos y delimita responsabilidades drásticas para los tres niveles de gobierno.

La nueva norma deroga el reglamento del año 2018, el cual había quedado desfasado frente a la intensidad de las últimas precipitaciones y las exigencias de la gestión de riesgos moderna. A partir de su entrada en vigencia, la planificación de las ciudades peruanas deberá incluir obligatoriamente sistemas de evacuación de agua de lluvias técnicamente sustentados.

Plan «Drena+» y el fin de la improvisación técnica

Uno de los pilares de este reglamento es la creación del Plan Nacional de Drenaje Pluvial, denominado «Drena+», el cual será conducido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) con el objetivo de priorizar las inversiones y cerrar las brechas de infraestructura en las zonas más vulnerables del país.

A nivel local, los alcaldes provinciales y distritales ya no podrán ejecutar obras de pavimentación sin una planificación pluvial previa. La norma los obliga a desarrollar Planes Integrales de Drenaje Pluvial (PIDP), los cuales deben sustentarse de manera estricta en estudios hidrológicos, topográficos y climatológicos reales de cada zona.

Fiscalización digital: Nace el SIDRENA

Para evitar las «obras fantasma» o el abandono de la infraestructura construida, el Ejecutivo ha creado el Sistema de Información de Drenaje Pluvial (Sidrena).

A través de esta plataforma digital, los gobiernos locales tendrán la obligación de registrar y mantener actualizado el inventario detallado de todos sus sistemas de captación y almacenamiento de agua. Las municipalidades contarán con un plazo máximo de tres meses, tras la conformidad de una obra, para subir la información al sistema. En tanto, los Gobiernos Regionales asumirán el rol de fiscalizadores, reportando a quienes incumplan con el empadronamiento.

¿Quién responde por el mantenimiento?

El reglamento pone fin a las zonas grises respecto a quién debe limpiar y reparar las redes de drenaje, un problema crónico que suele relucir ante la llegada de la temporada de lluvias:

  • Vías públicas y redes urbanas: Las municipalidades son las responsables directas de aplicar el Plan de Operación y Mantenimiento (POM), debiendo activar cuadrillas de reparación inmediata ante emergencias o desastres.
  • Edificaciones privadas: En el caso de viviendas, condominios o edificios comerciales, la responsabilidad del correcto funcionamiento de los techos, bajantes y drenajes internos recae exclusivamente en los propietarios, quienes deberán ceñirse a las normas técnicas de edificación vigentes.

Sostenibilidad y cuidado ambiental

Finalmente, el decreto supremo prohíbe que el desfogue de las aguas de lluvia se realice afectando ecosistemas frágiles. Todo proyecto de inversión en la materia requerirá, de forma obligatoria, la aprobación previa de sus Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA). Asimismo, abre la puerta al uso de los Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MERESE) para el financiamiento sostenible de estas estructuras.

Con esta reforma integral, el sector Vivienda busca transitar de una cultura de reacción ante las emergencias a una de prevención y diseño urbano resiliente, un paso urgente para salvaguardar la vida y la economía de millones de peruanos.

 

Acceso al decreto supremos aquí https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2520332-4

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